La reforma de las pensiones trae premio por jubilarse más tarde. Está siendo un poco lío aclararse bien con los nuevos cambios, pero el resumen parece claro: si sigues trabajando un año más, tu pensión puede subir hasta un 6%, y para toda la vida. A muchos les merece la pena, al menos, planteárselo.
A partir de 2022, y como regla general, quien siga trabajando un año más allá de la edad ordinaria de jubilación, aumentará su pensión en un 4%. Es decir, por cada año que se retrase la jubilación respecto de la edad que corresponda, aumentará un 4% la base reguladora, y por tanto el importe final de la pensión.
Por ejemplo, si la pensión que te corresponde es de 1.000 euros y trabajas un año más, cuando te jubiles cobrarás 1.040 euros al mes por catorce pagas, 560 euros al año. Y si sigues otro año más, la ganancia sería de unos 80 euros al mes, 1.120 euros al año.
Para pensiones de 1.500 euros la ganancia anual es de 840 euros al año. Y para bases reguladoras de 2.000 euros, la ganancia anual sería de 1.120 euros al año.
Además, si tienes menos de 37 años cotizados, tienes derecho a una mejora adicional de pensión del 2%. En este caso tu pensión mejorará en un 6% por cada año de demora voluntaria. Para pensiones de 1.000 euros la ganancia sería de 840 euros anuales; para pensiones de 1.500 euros, de 1.260 al año; y para pensiones de 2.000 euros, ganarías 1.680 euros al año.
Lo importante es que este incremento se queda fijado en tu pensión para toda la vida.
Debes haber llegado a la edad de jubilación, que en 2021 está en 66 años, o bien tener cotizados más de 37 años y 3 meses, en cuyo caso puedes jubilarte a los 65, y te contaría desde entonces.
Además de la edad, debes tener cubierto un período mínimo de cotización de 15 años, de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores. Recuerda que para cobrar el 100% de la base reguladora es necesario tener más de 37 años cotizados.
La reforma establece tres fórmulas para cobrar este bonus. La primera es el aumento del 4% en el porcentaje de tu base reguladora (6% si tienes menos de 37 años cotizados). En este caso no tienes que hacer ningún trámite especial. Si cumples las condiciones y tu empresa te lo permite, sigues trabajando, y la Seguridad Social actualizará automáticamente los datos de tu futura pensión.
Las otras dos fórmulas para cobrar el bonus son: el pago adelantado, o una mezcla de ambos mecanismos. En estos casos debes informar a la Seguridad Social la modalidad que eliges al solicitar tu pensión. Y es importante, porque "la elección se llevará a cabo por una sola vez en el momento en que se adquiere el derecho a percibir el complemento económico, no pudiendo ser modificada con posterioridad". Es decir, si no lo pides al solicitar la jubilación, te aplican el aumento del 4% (o 6% con menos de 37 años cotizados) por año en la pensión y no puedes pedir el pago único.
El aumento conseguido se puede cobrar de una vez. Es decir, en vez de aumentar cada mes un poco la pensión, se te da una cantidad a tanto alzado que depende de la cuantía de tu pensión y de los años cotizados. Esta cantidad va desde los 4.800 euros a los 12.000, por año que se trabaje de más. Es el pago adelantado.
Aunque recibir la cantidad de una vez puede resultar tentador, los sindicatos no lo recomiendan. "No aconsejamos esta fórmula ya que la cuantía percibida a tanto alzado resulta bastante inferior (entre un 40 y un 60% más bajas, según los casos) que la que se estima se percibirá en forma de renta vitalicia", explican desde CCOO.
El Grupo de Investigación en Pensiones y Protección Social de la Universidad de Valencia ha dedicado un estudio a este asunto, concluyendo que "las cuantías ofrecidas por el Ministerio como pago único son muy inferiores a las que le correspondería actuarialmente si se compara con la alternativa de cobrar anualmente un complemento adicional del 4% de la pensión".
Aunque hay que tramitar la Ley en el Congreso el Gobierno quiere que esté en vigor el 1 de enero del año 2022. A partir del año que viene trabajar más años tendrá más ventajas. Con la actual legislación los incentivos van del 2 al 4%. El año que viene ya serán del 4% en todos los casos, y del 6% en carreras de cotización de menos de 37 años
El bonus solo vale hasta los 70 años. A partir de esa edad puedes seguir trabajando si quieres y te lo permiten, pero no se acumularán más años de cotización a la Seguridad Social.
Por otra parte, si tienes derecho a la pensión máxima, no podrás aumentarla con complementos por jubilación demorada.
La jubilación demorada no es compatible con la jubilación flexible, parcial, ni con la jubilación activa, la que te permite trabajar y cobrar parte de la pensión. Y lógicamente, tampoco con la jubilación anticipada.
En España hasta ahora no han funcionado los estímulos a que la gente siga trabajando más allá de la edad legal. Nuestros vecinos europeos tienen tasas de ocupación por encima de los 65 años muy superiores a las nuestras. En Francia, el bonus por retrasar la jubilación es del 5%, en Alemania del 6%, Finlandia llega al 7%, y en el Reino Unido aumentan su pensión un 10%. Para los investigadores de la Universidad de Valencia, "estos coeficientes deberían estar entre un 7% y un 8% por cada año que se retrase la jubilación".