La herencia es uno de los motivos más recurrentes de discusiones entre miembros de una misma familia. Y desde la pandemia del covid son aún más los los mayores que se han planteado no dejarles nada a sus descendientes viendo cómo se han desentendido de ellos. Sin embargo, desheredar en España no es tarea sencilla. Tampoco cuando se trata de los nietos. Pero hay casos en los que sí podría hacerse.
Los nietos tienen derechos hereditarios sobre la herencia de sus abuelos cuando su progenitor ha fallecido. El Código Civil también resguarda estos derechos cuando el padre ha sido desheredado. Para desheredar a un nieto debe existir un testamento y acta de voluntades del testador. Sus motivos deben ser legales, expresos y comprobables. Si no se dan esas causas no se puede desheredar sin más. Lo que tampoco se puede es pretender que herede el hijo, pero que no lo haga el nieto, puesto que el patrimonio en ese caso pasaría a ser del hijo, y ya tendría que ser él quien decidiera qué hacer con su herencia.
El Código Civil es el marco legal por el cual una persona puede desheredar al nieto de la herencia. Por medio de un testamento y últimas voluntades, la desheredación puede ser total o parcial. Para que tenga validez legal, el testamento debe poseer la autorización de un notario.
El nieto es un heredero forzoso cuando su padre ha muerto, pero puede ser desheredado. Ahora bien, el nieto puede reclamar la parte que le corresponda, entendiendo que no hay causa, y los que están obligados a demostrar la causa frente a la justicia son el resto de los herederos. Al desheredar a un nieto de la herencia se le está privando de su derecho a la legítima. Esto es posible si se comprueba que concurre alguna de las causas legales tasadas. Como por ejemplo:
Es un motivo que suele ser difícil de probar. Se trata de una ausencia de vínculos familiares durante un determinado periodo de tiempo, pero es una figura tan indeterminada que es el juez quien tiene la palabra final.
Los nietos son herederos legitimarios que también tienen obligaciones. Si le niegan al abuelo necesidades básicas como el alimento, la atención sanitaria o la farmacológica sin motivo legítimo, es causa de desheredación.
Son causa de desheredación por indignidad los condenados con sentencia física por haber atentado contra la integridad psíquica o física en el ámbito familiar al testador. También aquellos nietos condenados por delitos contra la libertad, la indemnidad sexual y la integridad moral del abuelo. Igualmente entran en este apartado los condenados por denuncias falsas o los que obligaron a modificar el testamento mediante fraude o violencia.
Los nietos que maltratan o injurian gravemente de palabra pueden ser desheredados. En este sentido, el maltrato psicológico es considerado como un maltrato de obra.
¿Qué ocurre cuándo queremos desheredar a un nieto y no acreditamos ningún motivo? En ese caso, el nieto podría reclamar la parte de la legítima que le corresponda y el resto de los herederos tendrían que acreditar que la causa por la cual el abuelo le está desheredando existe, y que por tanto no puede heredar. Hay que subrayar, una vez más, que los motivos son los que están establecidos en el Código Civil y si no se dan esas causas, no se puede desheredar sin más.