Enfrentarse a la gestión de una herencia no es algo que tengamos que hacer muchas veces a lo largo de la vida. Por eso mismo tampoco es algo para lo que estemos muy preparados. De hecho, lo normal es desconocer los trámites, impuestos y documentación necesarios hasta que nos toca afrontar el momento. Heritae, empresa española dedicada la gestión de herencias, nos explican cuáles son las dudas más habituales que asaltan a sus clientes cuando fallece un familiar.
Es la principal duda que suele asaltar al familiar de una persona fallecida, saber si hizo testamento en algún momento. Desde Heritae afirman que saberlo "facilitaría mucho las cosas porque solo habría que gestionar el legado según la última voluntad del familiar". Si se desconoce el dato, habría que pedir un certificado de últimas voluntades para saber si ha otorgado o no testamento. Este trámite se puede realizar en la sede electrónica del Ministerio de Justicia.
Si el fallecido no ha dejado testamento o no es válido, el reparto de la herencia se debe realizar según lo estipulado en el Código Civil. Desde Heritae recuerdan que "hay que seguir las normas de la sucesión intestada, un principio que dicta que el reparto debe hacerse según instrucciones del testador, y solo en caso de su ausencia ha de acogerse a lo marcado en la Ley para el reparto de bienes". La línea sucesoria es la de hijos y descendientes, hijos por derechos propio, ascendientes, padre y madre a partes iguales, cónyuge, hermanos y parientes y los hermanos.
Mucha gente desconoce que heredar implica unos costes. La mayoría representan a los del impuesto de sucesiones, que está cedido a las comunidades autónomas y depende la última residencia del fallecido. Pero también hay que hacer frente a los de la plusvalía municipal si se heredan viviendas. En el caso de las ganancias patrimoniales, "la ley 35/2006 establece que la plusvalía del fallecido no tributa en el IRPF al estimarse que no existe ganancia o pérdida patrimonial".
Cuando se hereda es una vivienda, "hay que hacer frente al impuesto de sucesiones y donaciones y al impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana". Los planes de pensiones del fallecido no tributan hasta que los herederos "decidan rescatarlos".
Al fallecer una persona, el cónyuge tiene una serie de derechos hereditarios que deben ejecutarse. Desde Heritae recuerdan que "es heredero legitimario y la legitima siempre es el usufructo en este caso". Según Heritae, "hay casos particulares, por ejemplo, si existen descendientes el cónyuge tiene derecho al usufructo del tercio de mejora; si no existen descendientes, al usufructo de la mitad de la herencia; no existen descendientes ni ascendientes, a dos tercios".