Ana Obregón ha concedido una entrevista en exclusiva a la revista ¡Hola! una semana después de la portada que anunciaba que había sido madre por gestación subrogada donde ha despejado muchas de las dudas que se han debatido a lo largo de la semana en prensa, radio, televisión, política, redes sociales y conversaciones a pie de calle, convirtiéndose en uno de los temas centrales de estos días. La actriz ha explicado que Ana Sandra, la niña, no es su hija, aunque ejerza de madre legal, y que es su abuela, por lo que es la hija de Aless Lequio, que en últimas voluntades le pidió tener descendencia.
“Quería traer un hijo al mundo y así nos lo comunicó a su padre y a mí una semana antes de fallecer”, explica la presentadora a la revista. Por eso, el mismo día de su muerte tomó la decisión de utilizar el esperma que su hijo había conservado como recomendación médica cuando empezó el tratamiento contra el cáncer para cumplir su deseo. Todo esto, recogido en el testamento ológrafo. ¿Qué es? ¿Puede invalidarse?
Existen diferentes tipos de testamento, uno de ellos es el ológrafo, que se produce cuando una persona, ante dos testigos mayores de edad, expone sus últimos deseos, aunque por las circunstancias que sean un notario no pueda estar presente en ese instante. Este tipo de testamento está regulado en el Código Civil a partir del artículo 688, señalando que para su validez debe estar escrito a mano y firmado por el testador, que tiene que ser mayor de edad, en el caso de Ana Obregón, por Aless Lequio.
Los requisitos para su validez, más allá de estar escrito a mano y firmado por el testador, el testamento debe tener claramente el día, mes y año en el que se realizó y, en caso de tener una enmienda o un tachón, se debe ratificar con la firma del testador. Aunque no es el caso, si la persona es extranjera, puede emitirlo en su idioma original. Además, el testador puede hacer entrega del documento a su persona de confianza para que lo custodie hasta que fallezca.
Una vez el testador muere, el testamento ológrafo se debe presentar ante notario en un plazo de 10 días tras conocerse su fallecimiento. De no hacerlo dentro de este periodo, la persona será responsable de los daños que puede ocasionar y del pago de una indemnización. Tras presentarse, se inician una serie de trámites:
Hay que tener en cuenta que la gestión de este tipo de testamentos es clave porque el testamento ológrafo pierde validez tras el transcurso de cinco años del fallecimiento si no se ha procedido a su validación y a su apertura.
Un testamento ológrafo puede impugnarse por cualquier persona que se considere con derecho a heredar de la persona que otorga el documento siempre que se haga en los 15 días siguientes a la muerte del testador.