Modelo 347: qué es, cuáles son plazos de presentación y quién tiene que presentarlo

  • El Modelo 347 es la declaración anual de operaciones con terceras personas que se presenta en febrero de cada año

  • Permite a Hacienda cruzar datos informados de operaciones económicas entre proveedores y clientes

  • Las operaciones que en su conjunto tengan un importe superior a 3.005,06 euros, deben declararse en este Modelo

El modelo 347 de la Agencia Tributaria AEAT es una declaración informativa anual en la que se recoge el total de las operaciones realizadas con clientes y/o proveedores siempre que el conjunto de dichas operaciones supere los 3.005,06 euros anuales (IVA incluido) durante el ejercicio anterior. Es importante saber que, al tratarse de una declaración informativa, no existe devolución de esta. El modelo 347 del año anterior se debe presentar durante el mes de febrero, siendo fecha límite el 28.

¿Quién debe presentar el modelo 347?

Tienen la obligación de presentar el modelo 347 todas las personas físicas (autónomos) y jurídicas (empresas), públicas y privadas que en el desarrollo de actividades empresariales o profesionales facturan, con independencia de la naturaleza de su facturación, por un importe superior a los 3.005,06€ anuales. De igual forma, deberán presentar el modelo 347 aquellas entidades o establecimientos privados de carácter social y las comunidades de propietarios por las adquisiciones de bienes y servicios que efectúen actividad cuyo importe haya superado la cantidad fijada. Para ello, podremos excluir el consumo de energía eléctrica, combustible, suministros de agua y seguros.

Excepciones

Quedan fuera de la presentación del modelo 347 los siguientes casos:

  • Aquellos que realicen actividades empresariales o profesionales en España sin tener en territorio español la sede de su actividad económica y en el caso de entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero, sin tener presencia en territorio español.
  • Quienes estén obligados a llevar los Libros registro de IVA a través de la sede electrónica de la AEAT mediante el Suministro Inmediato de Información (SII).
  • Los que no hayan realizado operaciones que en total respecto de otra persona o entidad hayan superado la cifra de 3.005,06€ durante el año natural en curso o de 300,51€ en ese mismo periodo cuando realicen el cobro por cuenta de terceros.
  • Cuando se haya realizado de forma exclusiva operaciones no sometidas al deber de declaración.
  • Todos aquellos que tienen obligación de informar sobre las operaciones incluidas en los libros registro del IVA (excepto los que resultan obligados por aplicación del artículo 36 del REAL DECRETO 1065/2007, de 27 de julio).
  • Personas físicas y entidades en atribución de rentas en el IRPF (por actividades que tributen en el IRPF en estimación objetiva) y en el IVA por los regímenes especiales simplificado o de la pesca, ganadería y agricultura.

Así se presenta el modelo 347 a Hacienda

Una vez se sabe quién tiene que presentarlo el plazo del que dispone para hacerlo es importante conocer ahora los pasos para llevarlo a cabo. Esta gestión debe llevarse a cabo por internet, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, por lo que lo primero que hay que hacer es acudir a esta web en la que se encuentra el apartado para presentar la declaración de operaciones. A continuación, se van a indicar en pocos pasos cómo se debe navegar por la web de Hacienda para alcanzar la presentación del modelo, para que así sea más sencillo.

  1. Pinchar en ‘presentación de declaraciones y calendario del contribuyente’.
  2. Clicar en el apartado ‘todas las declaraciones por modelo’.
  3. En ese momento se pincha en el apartado ‘presentar y consultar declaraciones’.
  4. De todos las opciones que saben, hay que escoger la opción ‘modelo 347’. 

Ahí se abrirá una nueva página web con diferentes apartados, en la que habrá que escoger la opción que se encuentra bajo el títuloModelo 347. Ejercicio 2021. Presentación (hasta 40.000 registros), donde, para acceder, hay que identificarse a través del DNI, certificado digital o DNI electrónico. 

En ese punto aparecerá un formulario que se divide en tres partes distintas. En ellas, Hacienda exigirá una serie de datos distintos quedándose de la siguiente manera con los diferentes apartados: 

  • Página 1: Declarante y resumen de la declaración.
  • Datos del declarante.
  • Persona con quién relacionarse.
  • Resumen de la declaración (todas las operaciones juntas).
  • Página 2: Declarados.
  • Clicar en ‘nuevo registro’. Y poner una a una todas las operaciones que hayan sido de más de 3.000 euros.
  • Página 3: Inmuebles.
  • Pinchar en ‘nuevo registro’ y detallar los locales alquilados por los que se paguen más de 3.000 euros.

Una vez completados todos los datos que se exigen por Hacienda hay que presentarla. Algo que se hace de una manera muy sencilla, ya que en la misma página 3 del formulario, en la parte inferior de la web, está el apartado ‘firmar y enviar’, donde hay que clicar, presentando así la declaración informativa del modelo 347 de manera correcta.