Sentencia ejemplar: indemnizado con casi 200.000 euros tras trasladarle y cambiarle de puesto de trabajo

  • La Justicia le da la razón a un trabajador que denunció a su empresa por trasladarle de manera injusta y degradarle de ingeniero a administrativo

  • El fallo del juez a favor del empleado sienta un precedente importante en cuanto a la protección de los derechos laborales

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Un trabajador de la multinacional de la construcción Comfica Soluciones Integrales deberá ser indemnizado con casi 200.000 euros, según ha determinado el Juzgado de lo Social número 2 de Móstoles (Madrid), después de que la empresa le trasladara a más de 500 kilómetros de su lugar de trabajo original y le cambiara de departamento de forma unilateral como castigo. El fallo del juez a favor del empleado sienta un precedente importante en cuanto a la protección de los derechos laborales.

La historia, según 'Economist & Jurnal', comenzó en marzo de 2023, cuando la empresa decidió, sin justificación alguna, trasladar al empleado a Huelva. "Mi cliente trabajaba de ingeniero en Comfica, en Madrid, reclamó unos derechos y ganamos el juicio. Pero la empresa, como venganza, lo mandó a otra comunidad a trabajar. A Huelva, nada menos que a 573 kilómetros de Madrid. Denunciamos ante la Justicia esta movilidad geográfica ilegal, y el Juzgado nos dio la razón", explica el abogador del trabajador, Ignacio Palomar.

Castigo al trabajador

La sentencia obligaba a Comfica a devolver al trabajador a su puesto original en Madrid, pero la empresa intentó reubicarle en Fuenlabrada y en lugar de hacerlo como ingeniero, su puesto original, lo reincorporó de administrativo. Además, "quiso castigar al trabajador" eliminando sus dietas. Ante esta situación insostenible, el empleado se vio obligado a pedir la extinción de su contrato, pero como si fuera un despido improcedente "debido a estos agravios", ya que la readmisión era irregular.

Contrato de trabajo extinguido

En un reciente auto, la jueza Ana Fernández Valenti ha estimado su solicitud de ejecución de sentencia y ha declarado extinguido el contrato de trabajo, condenando a la mercantil a abonarle 163.968 euros por haberle hecho ese cambio de condiciones. La magistrada concluye que la solicitud del trabajador fue ajustada a derecho, y de ahí que la notificación de reposición al centro de trabajo en Madrid realizada por la empresa el 27 de octubre "fuera extemporánea, y no pueda dejar sin efecto la solicitud de extinguir el contrato".

Además, todo este proceso ha pasado factura al empleado, que dese marzo de 2023 se encuentra de baja por ansiedad como resultado del estrés generado por las decisiones de la empresa. "Hemos conseguido casi 200.000 euros al cliente y eso nos llena de satisfacción, pues es el equivalente de haberle obtenido una casa nueva", afirma Palomar, quien también se muestra orgulloso de que la resolución del caso demuestre que "vulnerar los derechos de los trabajadores no sale gratis".

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