Ser despedido es una situación a la cual todos los trabajadores están sujetos. Evidentemente, nadie quiere ser despedido, pero puede suceder. Por ello, es importante saber calcular la indemnización con el propósito de que, llegado el momento de la verdad, no nos den gato por liebre.
El despido es una de las causas de extinción del contrato de trabajo. A veces, genera derecho a indemnización, pero no siempre. Calcular la indemnización por despido depende de varios factores como, por ejemplo, el tipo de despido ante el que estemos.
Cese por finalización del contrato temporal. La ley establece que te corresponde una indemnización de 12 días de salario por año trabajado. Si dicho contrato no llega al año, recibirás la parte proporcional de los meses trabajados.
Despido por causas objetivas. Igualmente, se establece que tienes derecho a una indemnización. En este caso, el despido se puede considerar procedente o improcedente. Si se trata de un despido procedente, te corresponde una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Si tu despido se considera improcedente, te corresponde una indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
Despido disciplinario. Si la empresa puede demostrar este tipo de despido, no te correspondería indemnización, pero si consigues probar que se trata de un despido improcedente, la ley establece que tienes derecho a una indemnización de 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades. Además, en aquellos casos en los que la relación laboral sea anterior a febrero de 2012, se puede reclamar 45 días por año. ¿Qué se considera despido disciplinario? Algunos de los motivos de un despido disciplinario son el robo, acoso o desobediencia. Las ausencias injustificadas al puesto de trabajo también pueden ser motivo de despido disciplinario.
¿Cómo calcular la indemnización por despido?
Como siempre ocurre en términos empresariales, un despido es algo que tiene un coste variable. Y es que la cuantía final de la indemnización por despido depende de diversos aspectos, como la clase de contrato de trabajo que tenga el trabajador o del tipo de despido.
En términos más concretos, para realizar el cálculo de la indemnización por despido, siempre hay considerar estos tres factores:
La carta de despido, con las razones que tiene el empresario para extinguir el contrato y la denominación del tipo de despido que te están aplicando.
El contrato de trabajo. Si has tenido varios contratos temporales con la empresa, debes tomar el primero de ellos, salvo que hayan pasado más de 20 días (de L a V sin contar los festivos) entre alguno de ellos: si es así necesitas el contrato que inicie una nueva cadena.
Nómina. Si cobras siempre el mismo sueldo, basta la nómina del último mes completo, pero si es variable, debes tener en cuenta todas las nóminas del último año.
Los importes correspondientes a los ingresos variables (comisiones, bonus, gratificaciones, complementos por objetivos, etc.).
Los ingresos en especie (vehículo de empresa o cesión de vivienda para uso particular, seguros, ayudas…) Encontrarás información sobre esto en el certificado de ingresos y retenciones del IRPF. Importante: usa el formato mm/aaaa para fechas y pon las cantidades sin punto de separación entre los miles.
¿Cuánto es la indemnización por despido?
La indemnización por despido depende del tipo de despido, de la antigüedad del trabajador y de la fecha en la que se formalizó en contrato. En términos de despido procedente o improcedente, podemos diferenciar las siguientes indemnizaciones:
Indemnización por despido objetivo.
El trabajador recibirá una indemnización equivalente a 20 días de salario por año trabajado con un límite máximo de 12 mensualidades.
Indemnización por despido improcedente.
Aquí el cálculo se divide en dos tramos:
Indemnización equivalente a 45 días de salario por año trabajado hasta el 12 de febrero de 2012 con un límite máximo de 42 mensualidades.
Indemnización equivalente a 33 días de salario por año trabajado a partir del 12 de febrero de 2012 con un límite máximo de 24 mensualidades.