Se acaba el plazo dado por la Seguridad Social para realizar la regularización laboral de las empleadas del hogar. Este 31 de marzo es el último día que tienen los empleadores para informar al organismo público sobre la situación en la que están las trabajadoras y actualizar sus salarios en función de las horas que trabajen y el Salario Mínimo Interprofesional. Si no, a partir del 1 de abril comenzarán las inspecciones laborales y las multas, que pueden ir desde los 6.250 euros hasta los 187.000 en los casos más graves.
En enero, más de 45.000 hogares que tenían una empleada del hogar trabajando recibieron una carta informando de los plazos, las condiciones y las consecuencias para regularizar la situación de esas personas. Básicamente, se pedía que notificaran las horas reales que estaban trabajando y que se les actualizara el salario al nuevo SMI de 950 euros o su parte proporcional en función del tiempo que dedicaran.
Hasta el 3 de marzo, según datos publicados por el diario El Mundo, "sólo un 31% de los hogares contactado por carta por el Ministerio ha regularizado ya a sus empleadas domésticas y unas 2.400 han visto recortadas sus condiciones laborales"; es decir, con menos horas registradas legalmente de las que, seguramente, estén haciendo. La picaresca española, de nuevo, seña de identidad.
Si aún estás en la tesitura de informar a la Seguridad Social sobre los datos actualizados de la empleada de hogar que tienes contratada, lo puedes hacer por vía telemática a través de la Sede Electrónica (con certificado digital, DNI electrónico o sistema Clave), a través de gestorías autorizadas o enviando cumplimentado un formulario a través de un código QR.
El objetivo final de esta campaña por parte del Ministerio de Trabajo era que los empleadores actualizaran los salarios de las personas que tienen contratadas, de tal manera que se les pagara el SMI legal a fecha 1 de enero de 2021, es decir, de 950€ si se está a jornada completa. La tabla de salarios recibiendo 14 pagas anuales quedaría de la siguiente manera. En el caso de que se perciban 14 pagas, los importes (en bruto) quedarían de este modo:
En el caso de que se tenga a la persona con un contrato por horas sueltas, el mínimo que ha de pagársele es de 7,43 € a la hora y en él ya se incluye la parte prorrateada de las vacaciones y también de la paga extra.