La llegada de la pandemia a nuestras vidas cambió muchos hábitos del día a día. Para las personas que se encontraban buscando un empleo, sobre todo con la dificultad que entraña a partir de los 50 años, también hubo cambios. Por entonces, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cambió algunas de las rutinas para poder recibir la prestación por desempleo. Y ahora, con la mejora de la situación, vuelven a la palestra.
Concretamente, el SEPE ha informado de que, para los parados de larga duración, se retoma la condicionante de la búsqueda activa de empleo para poder solicitar la prestación. Es decir, el demandante deberá volver a acreditar que está moviéndose, haciendo entrevistas, enviando CVs, para que la administración le conceda la paga mensual por desempleo.
El BAE es el documento donde se recoge que una persona se encuentra en la búsqueda activa de empleo, y en donde deberán figurar todas las acciones que está llevando a cabo para intentar encontrar un trabajo.
Además del BAE, cuyas acciones para acreditar ahora veremos, el demandante también tiene que cumplir con la condición de buscar activamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad.
Es el propio demandante el que tiene que acreditar que está buscando empleo activamente, y para eso las agencias de colocación municipales juegan un papel muy importante. En el SEPE, los requisitos que sirven para acreditar este documento son los siguientes:
El importe que se cobra, según el SEPE, es de 451,92 euros mensuales, con un máximo de 180 días, aunque después se puede prorrogar o acceder a otro tipo de prestaciones como la Renta Activa de Inserción por el mismo importe.