¿Te pueden multar por poner una pegatina falsa de alarma en la entrada de tu casa?

A la mayoría de los los españoles le preocupa la seguridad y protección de su vivienda, especialmente durante las vacaciones de verano. Cuando abandonamos nuestra residencia durante varios días esta puede convertirse en objetivo de robo, motivo por el que muchos apuestan por instalar un sistema de alarma en sus hogares. Pero dado el desembolso económico que eso supone, algunos optan por otras alternativas para disuadir a los ladrones.

Una de las técnicas más habituales en los últimos años es colocar una pegatina de alarma de seguridad en la puerta de la casa sin tener realmente instalado el sistema. Lo que muchos ignoran es que, además de dudosamente efectiva, esta práctica puede terminar teniendo consecuencias muy graves para quien recurre a ella.

Las pegatinas de alarma son de varios tipos. La más común es la que anuncia que existe una alarma pero no está conectada a ninguna central que avise a la Policía, pero hay otras que comunican que sí están conectadas a centrales receptoras o que existe un sistema de videovigilancia basado en cámaras. Dependiendo del cartel que se coloque en la entrada del domicilio, puede llegar a ser algo ilegal.

El cartel se puede poner si no se cita a ninguna empresa responsable, pero si se utiliza la marca y el nombre de una compañía de seguridad sin tener contratados sus servicios sí puede haber problemas porque se está cometiendo un delito contra la propiedad industrial o individual, tal y como recoge la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas en el Código Penal. 

Multas y sanciones

Por tanto, quien recurra a esta práctica  podría enfrentarse a sentencias de seis meses a tres años de prisión. Además, las personas que cometan el delito podrían enfrentarse también a multas de uno a dos años. Las empresas de seguridad entregan ellas mismas las placas y pegatinas disuasorias como parte del servicio que ofrecen, por tanto utilizarlos fraudulentamente supondría un delito contra la propiedad intelectual.

Respecto a las sanciones económicas, dependerá de si la empresa afectada solicita o no una indemnización por daños y prejuicios. Si lo hace, la persona que haya instalado la pegatina podría enfrentarse a multas de 600 euros por cada día que haya tenido el cartel en la puerta de su casa.

¿Y las cámaras falsas?

Esto no es así cuando se instalan cámaras falsas como medida disuasoria contra ladrones y vándalos. Según la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), son completamente legales, ya que no existe tratamiento de datos, es decir vídeos o imágenes. Sin embargo, aunque las cámaras sean falsas no pueden nunca apuntar a la vía pública o a propiedades privadas colindantes.