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'Gazumping', la treta para sacar más dinero al vender un piso en Reino Unido: ¿podría llegar a España?

Los precios de la vivienda en Reino Unido están aumentando a su ritmo más rápido desde finales de 2022, y a esa situación no ayuda mucho una práctica cada vez más extendida en tierras británicas: el 'gazumping'. Este término se refiere a la acción de aceptar una mejor oferta de un segundo comprador después de haber apalabrado la venta con un primer interesado. Así, quien quiere comprarse casa queda en una situación de gran vulnerabilidad e incertidumbre hasta el momento de la escrituración.

El gran inconveniente de esta práctica, según indica 'Fotocasa', es la faena que se le hace al comprador, quien ya ha invertido tiempo y dinero en la compraventa del inmueble. Puedes haber abonado ya gastos generados por los honorarios de la inmobiliaria, tasaciones y distintos gastos financieros, al final para nada. Por no hablar del golpe moral que supone perder la que habías creído que era la casa de tus sueños.

No resulta extraño, pues, que ocho de cada diez compradores británicos desee que se prohíba esta práctica. Porque ese es el quid de la cuestión. En Reino Unido la venta de la vivienda no es "legamente vinculante" hasta que no se firma la escritura de compraventa. Pero, ¿y en España? ¿Sería posible que esta treta llegara a nuestro país?

El contrato de arras, elemento disuasorio

Lo cierto es que no parece que esta práctica pueda tener mucho margen de maniobra en España, donde la ley cuenta con mecanismos que dotan de mayor seguridad a las partes durante el tiempo que dura la transacción. Si el 'gazumping' llega a ocurrir sería, en principio, en un punto muy inicial del acuerdo. A menos, claro, que el vendedor esté dispuesto a pagar la penalización de romper su palabra tras la firma del contrato de arras.

Hablamos de un acuerdo privado entre el comprador y el vendedor para asegurar la reserva del inmueble. Una vez firmado este contrato, ambas partes deben cumplir las condiciones pactadas. Por tanto, si el vendedor encuentra otro comprador interesado en pagar más por su casa, deberá abonar una compensación económica a la otra parte lo suficientemente disuasoria.

Reserva del 10% del importe total

La reserva del contrato de arras suele ser del 10% del importe total del inmueble. Así, si un vendedor de vivienda vende su inmueble por 200.000 euros, el comprador deberá abonar unas arras penitenciales de 20.000 euros al propietario actual. Si este encuentra otro comprador interesado en pagar más por su casa, podrá desistir de la compraventa ya pactada, pero deberá pagar una compensación al primer comprador. Y lo normal es que sea lo abonado en concepto de arras más otra cantidad de igual cuantía, en este ejemplo, 40.000 euros.

Por tanto, sí, el 'gazumping' sería posible en España, pero si el proceso de reserva del piso ha seguido los cauces estipulados, el comprador agraviado será compensado con el doble de lo aportado.