La vuelta al cole de este año viene marcada por los protocolos de seguridad que se están implantando en los colegios y en las Comunidades Autónomas pero, por primera vez en años, surge una duda importante entre los padres: "¿Es seguro llevar a nuestros hijos al colegio?". Si, además, hablamos de exparejas con la custodia compartida, la pregunta puede ir más allá: "¿Y si yo quiero llevarlo y mi pareja, en sus días, no lo lleva porque no le da seguridad?". Hemos hablado con un abogado especializado para salir de dudas.
En España, la educación no es obligatoria hasta los 6 años. Los padres pueden decidir libremente si prefieren llevar a sus hijos a la guardería, a primaria, darles formación en casa o, en muchos casos, dejarlos con los abuelos. No obstante, según nos cuenta Luis Delgado, abogado del departamento de Derecho civil de Legalitas, "una cosa es que no sea obligatoria y otra que no exista. Si hemos decidido que iba a la guardería o preescolar y ahora decidimos uno que no y otro que sí, hay que ir al juez".
De los 6 a los 16 años todos los niños tienen el derecho a recibir educación y, por tanto, privarles de este derecho sí que puede contravenir la ley y provocar aspectos legales a las parejas, aún estando con la custodia compartida. De hecho, el Ministerio de Educación ya ha comunicado que esos casos serán tratados como absentismo escolar y los padres podrían ser multados si los departamentos de Asuntos Sociales así lo convienen.
Ante la amenaza del peso de la ley, uno de los progenitores podría estar de acuerdo finalmente con llevar al niño a la escuela y el otro progenitor no debido a su sensación de falta de seguridad. En ese caso, el problema es aún mayor y, en caso de falta de acuerdo total, debería intervenir un juez de familia.
"Se plantea como un proceso judicial rápido, que no necesita abogado ni procurador, ya que se trata como un conflicto en el ejercicio de patria potestad. Cuando recae sobre los dos progenitores y afecta a temas relacionados con la salud de los pequeños, su desarrollo, o la educación, cuando los padres no se ponen de acuerdo se somete a criterio del juez. El progenitor que quiera lo presenta en el juzgado de familia y lo somete al juez", explica Delgado.
Lo importante, en este caso, es que "no es un callejón sin salida, porque al final será el juez el que establezca una decisión en base al interés superior del menor", nos cuenta. Sin embargo, para llegar hasta ese punto, previamente ambos progenitores han tenido que chocar frontalmente en la decisión sobre si ir al colegio o no, así que, aunque sea un callejón con solución final, el camino para llegar hasta ahí es pedregoso y oscuro.
"Estas diferencias se veían, sobre todo, en otras decisiones sobre si debía hacer la comunión o no, un cambio de colegio o la formación religiosa, pero ahora ya están empezando a llegar consultas sobre si ir o no al colegio y, durante el estado de alarma, también sobre el cumplimiento del régimen de visitas", explica el abogado.