Estas son las multas que te pueden poner en las playas españolas

  • En las playas se permite jugar a las palas o correr tras el balón siempre que no se moleste a los usuarios, así que olvídate de los partidos en agosto y menos en hora punta

  • Son los ayuntamientos los que redactan las normativas de sus playas, por eso en muchas varían ciertas prohibiciones y hasta el tipo de infracción

  • ¿Puedo circular con mi coche por la playa? Multas a las que te expones

Aunque la playa es un lugar de esparcimiento donde relajarse y disfrutar con la pareja, la familia y los amigos, hay ciertas cosas que no están permitidas. El sol, la arena, el mar y el entorno hacen sentirse libre y anima a dar rienda suelta a los deseos e incluso a hacer lo indebido. Sin embargo, no estamos en casa sino en un espacio público. Desde Uppers hemos recogido cuáles son las multas que te pueden poner en las playas españolas. Así, con conocimiento de causa, la jornada playera será perfecta sin que tenga que venir a regañar el socorrista o a multar un agente.

Las normas a cumplir en las playas del litoral de nuestro país las elaboran los ayuntamientos. De este modo, estos espacios públicos se rigen por ordenanzas o normativas municipales. Siempre está permitido el paso libre y gratuito, a no ser que algo haya sucedido que impida o suponga un peligro pasear, bañarse, navegar, embarcar y desembarcar, tomar el sol o jugar a las cartas. El objetivo de las normas es preservar el entorno, la naturaleza, el medio ambiente y las aguas, además de apostar por la solidaridad colectiva y respetar el derecho de todos los usuarios a disfrutar de los arenales en armonía.

El hecho de que sean los ayuntamientos los que redacten la normativa, hace que varíe de una playa a otra según el municipio donde se encuentre. Hay ciertas prohibiciones comunes como la de no bañarse con bandera roja o no tirar deshechos fuera de los contenedores específicos. No obstante, hay otras específicas. En determinados arenales se permite el acceso con perros y en otros no. Esta vorágine obliga a los usuarios a consultar las ordenanzas de la playa donde pretende pasar el día para evitar ser multado por las autoridades, porque el desconocimiento no exime del “delito”.

Es más, los consistorios también califican las infracciones en función de su gravedad (leves, graves o muy graves) pero a partir de su propia vara de medir. Así, en una misma comunidad autónoma hay playas donde usar jabón en las duchas está considerado como una infracción leve y en otras como grave o muy grave, al igual que se acompañan de multas con importes dispares entre los municipios. La sanción máxima puede rondar los 3.000 euros y la mínima unos 50 euros.

A su vez, cada ayuntamiento redacta su normativa en función de las costumbres que adquieren los usuarios de las playas que gestionan. Por ejemplo, en algunos arenales andaluces solo se permite el uso de sombrillas o de sombras con un solo soporte mástil anclado en el suelo. El objetivo es evitar la instalación de auténticas carpas o veladores con sus cuatro soportes, que ocupan buena parte del arenal y limitan considerablemente el uso del espacio para el resto de los usuarios. Una norma de este tipo no tendría sentido en las playas del Cantábrico, ya que la pleamar elimina las pretensiones excesivas de sombra; lo arrasa todo, unos días suavemente y otros de forma brusca, dependiendo del oleaje.

Como usuarios de las playas, a la hora de elegir la preferida, se debe tener presente que hay ciertas normas comunes en todo el litoral español y son las que siguen a continuación:

Bañarse con bandera roja y no acatar las órdenes del socorrista

Cuando un usuario decide bañarse a pesar de ondear la bandera roja que lo prohíbe por el mal estado del mar, los socorristas o los servicios de salvamento le dirán que tiene que salir del agua. En caso de no acatar sus instrucciones, tienen potestad para reclamar la presencia de las fuerzas de seguridad que son las que pueden intervenir y hacer cumplir la prohibición, que como mínimo se considera una infracción grave. En este caso, cabe resaltar que ese bañista que no cumple la norma está poniendo en riesgo su vida al igual que la del socorrista que tendría que meterse a rescatarle, una situación de lo más probable con bandera roja.

Los juegos con pelota que molesten a otros usuarios

Echar un partido de fútbol o con las palas con su correspondiente campo de juego dibujado en la arena a veces entorpece el descanso, el baño o el paseo de los demás, porque la playa está llena o porque es demasiado pequeña. Por ello, la normativa suele prohibirlo y obliga a apartarse hasta donde no haya usuarios o a que la playa se vacíe.

Uso de gel, jabón, champú o cualquier tipo de detergente en las duchas comunes o en el mar

Ducharse con jabón o lavarse el pelo en las duchas de la playa no está permitido ni tampoco fregar platos o cacharros. Se trata de un servicio compartido y de uso rápido para quitarse la sal y la arena donde un único usuario no se puede recrear. Además, el uso de esos detergentes puede suponer la contaminación de las áreas aledañas y de la playa.

Evacuación fisiológica

Los ayuntamientos igualmente prohíben defecar u orinar en la playa o en el mar. Saltarse la norma suele estar calificado como una infracción leve.

Escuchar música

A muchos les gusta escuchar su propia música en la playa, pero se puede estar molestando a otros usuarios. Lo habitual es que esté prohibido utilizar aparatos de radio, discos compactos, altavoces, instrumentos musicales u otros dispositivos cuando el ruido que producen supera los niveles máximos establecidos en la legislación vigente.

Llevar a las mascotas

Actualmente, más de cien playas de nuestro país permiten el acceso de perros o han destinado una parte de sus arenales a que puedan estar junto a sus dueños. No obstante, en muchas de ellas todavía está prohibido durante la temporada de baño o desde que sale el sol hasta que se pone. Solo hay una excepción y son los perros que prestan ayuda a invidentes u otras personas dependientes que así lo requieren.  

Pescar

La regulación prohíbe la pesca entre el amanecer y el ocaso tanto en la playa como desde una embarcación o la misma pesca submarina. Por otra parte, la pesca marítima de recreo está prohibida a menos de 250 metros de las zonas de baño y a menos de 100 metros de un buceador reglamentariamente señalizado.

Tirar basura o abandonar objetos

Tanto en la misma playa como en el mar, en los accesos, espigones, paseos marítimos o aparcamientos está catalogado como infracción arrojar o dejar abandonados objetos, papel, comida, desperdicios o basura, latas, botellas, restos de frutos secos, colillas, artículos o cebos de pesca...

Pernoctar o acampar

La idea de dormir en la arena en una tienda de campaña resulta muy atractiva. También en el coche o en una caravana en el aparcamiento frente al mar. A no ser que se trate de un evento concreto que lo permita o de que haya un camping en ese lugar, la ordenanza municipal de cualquier ayuntamiento lo prohíbe, al igual que la organización de reuniones, fiestas o actos que supongan una alteración del orden.

Hacer una barbacoa o prender fuego

En un espacio público no se puede hacer fuego, una hoguera o montar una barbacoa y se suele considerar una infracción muy grave cuya multa puede ascender a los 3.000 euros. Solo es posible en eventos organizados y regulados por los propios ayuntamientos.

Fumar

Algunas playas todavía no prohíben fumar, pero cada vez más arenales son catalogados como libres de humos, con lo cual en ellos no se puede consumir ningún tipo de cigarros ni cigarrillos electrónicos.