La progresiva implantación del coche eléctrico en nuestro país es una buena noticia para la transición ecológica y una manera de conducir que, poco a poco, mira más al futuro que al pasado contaminante de un porcentaje nada desdeñable del parqué de vehículos que circulan. Todavía hay pros y contras que debes valorar si estás pensando en adquirir uno.
No todo es perfecto, por supuesto. En España, la red es deficitaria, y así nos lo ha hecho saber la UE en en sus advertencias. Faltan aún muchos puntos de recarga rápida y ultrarrápida para poder competir con la red del resto de Europa y que nuestro modelo de conducción eléctrico encuentre acomodo y se implante definitivamente. Vamos en el vagón de cola de la transición, y así lo demuestran los datos.
Hasta 6800 enchufes públicos se encuentran inactivos por las distintas trabas burocráticas que hace falta resolver para habilitarlos. Se calcula que 1 de cada 4 no funciona correctamente.
El Parlamento Europeo ya contempla sanciones si nuestro país no emprende la transición adecuada en los próximos años y dota a la red de un número de estaciones de recarga que respondan a la creciente demanda de este tipo de vehículos. Las exigencias de su paquete legislativo, centrado en reducir la emisión de gases de efecto invernadero antes de 20230, no son pequeñas: piden puntos de recarga para coches eléctricos cada 60 km y de estaciones de hidrógeno cada 200 km, y a partir de 2035, la prohibición de vender coches con motor de gasolina o diésel.
Basta con utilizar una aplicación del teléfono para encontrar uno de estos enchufes eléctricos. El problema viene cuando decidimos utilizarlos, pero no conocemos bien la normativa aplicarle y las sanciones que podrían imponernos mientras recargamos nuestro vehículo eléctrico de forma inadecuada. Muchos conductores todavía se aprovechan de algunos de los flecos legales que quedan en el reglamento de la DGT, cuya gestión se ha delegado a nivel municipal.
¿Cuáles son las multas más habituales al recargar un coche eléctrico?
Si estás pensando en utilizar el espacio de recarga como lugar de aparcamiento de tu vehículo, debes saber que ya hay varias ciudades españolas que limitan el uso de este espacio a un fin muy concreto: recargar y solo recargar.
En Madrid, por ejemplo, la Ordenanza de Movilidad Sostenible recoge claramente en uno de sus artículos la limitación del uso: exclusivamente para recargar un coche eléctrico o uno enchufable, y especifica además que “el estacionamiento en estas reservas estará vinculado exclusivamente a la recarga eléctrica activa en un punto de recarga instalado en la vía pública”.
De la normativa se deduce que está prohibido aparcar cualquier tipo de coche en estas plazas sin enchufarlo al poste de recarga. Desde la Autoridad de tráfico explican que esta normativa tan restrictiva es una manera de optimizar la red y favorecer que los coches eléctricos dispongan siempre de espacio para recargar, ya que la red es todavía bastante escasa y no puede permitirse que estos espacios se utilicen para otros fines. Sería un agravio comparativo con los conductores de coches eléctricos, que son los que más necesitan que estos puntos de recarga estén libres cuando hacen falta. La picaresca se paga caro. La multa ronda los 200 euros.
La limitación temporal es otra de las condiciones que ya rigen en la normativa sobre los coches eléctricos y los puntos de recarga de la red, con sanciones de 90 euros si decidimos saltarnos el tiempo estipulado.
De nuevo, la ordenanza es muy clara: “Estará limitada al tiempo máximo que determine la señalización vertical, que podrá igualmente especificar un determinado horario, ya sea fijo o bajo petición previa, de uso exclusivo para vehículos de servicio público”.