Pagar impuestos no es del gusto de nadie, pero lamentablemente a la hora de tener un coche estamos obligados a pagar más de uno y de dos. Uno de esos pagos obligatorios al ser propietario de un vehículo es el Impuesto de Circulación, también conocido como ITVM (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica), conocido comúnmente como impuesto municipal, viñeta, sello o numerito.
Se trata de un impuesto obligatorio para todos los vehículos de tracción mecánica, aunque hay algunas excepciones como las que se aplican actualmente a los vehículos eléctricos, o específicas, como las que aplican algunos ayuntamientos a los vehículos históricos.
Aunque es un impuesto que pagamos al municipio en el que tenga el domicilio el titular del vehículo, el impuesto, permite circular por las vías públicas de todo el territorio nacional.
Todos los vehículos matriculados tienen que asumir el pago del impuesto de circulación. También deben asumir este coste los vehículos con permisos temporales de circulación o de matrícula turística, aun así, existen algunos vehículos que están exentos del pago, como, por ejemplo:
El impuesto de circulación se renueva el primer día del período impositivo, es decir, comenzaría el 1 de enero, o bien cuando se compra un vehículo. Se paga una vez al año, por lo general, en el período voluntario que va desde el 1 de abril al 30 de junio y su validez es desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.
Tiene una validez de un año natural y son los ayuntamientos los que se encargan de su recaudación. Si no se abona en el período voluntario, el retraso conlleva un recargo. En caso de no pagarlo, pueden embargar el dinero de la cuenta o en casos extremos embargar el vehículo.
La tasa del impuesto de circulación varía de un municipio a otro. Además, las cuotas tributarias se establecen en función de distintos aspectos: la tipología del vehículo, puesto que se grava de forma distinta a turismos, autobuses, motocicletas, camiones, tractores y remolques; la potencia del vehículo; y las emisiones contaminantes, penalizando a aquellos vehículos que contaminan más y beneficiando a los más limpios.
Importe mínimo vehículos.
El pago se realiza en el ayuntamiento al que pertenezca el domicilio fiscal en el que conste en el permiso de circulación del vehículo y suelen enviar una carta de pago. El recibo se puede domiciliar, se puede pagar directamente en alguna de las oficinas bancarias colaboradoras o incluso a través de Internet o por teléfono.
Aunque el método de pago del impuesto de circulación online depende de cada ayuntamiento. En caso de no domiciliar el recibo, se necesitará la carta de pago enviada por el ayuntamiento. Con la carta, se podrá pagar online hasta las 20 horas del último día de su período voluntario de pago a través de tarjeta de crédito, banca electrónica o certificado digital. También se suele poder pagar por teléfono y de manera presencial en alguna de las oficinas bancarias colaboradoras.
Si no te ha llegado la carta y se acerca el día de fin de pago voluntario, tendrás que solicitar un duplicado del recibo. Esto lo puedes hacer a través de la web de tu ayuntamiento o personándote en las oficinas donde está registrado el vehículo.