Con la Navidad al caer los desplazamientos en coche y las compras se disparan, pero eso de acercarse al centro y encontrar un aparcamiento es prácticamente misión imposible. Por suerte existen los parkings, muchos de ellos públicos y colocados estratégicamente para que nos salven la vida. Ahora bien, al igual que cuando lo dejamos en la calle y puede pasar cualquier cosa, no sabemos lo que puede ocurrir en un aparcamiento público ni quien nos va a aparcar, ni de qué manera, al lado. ¿Qué pasa si tu coche sufre algún daño mientras está aparcado en las instalaciones? ¿Se puede reclamar?
Todo ello viene recogido en la Ley 40/2002, de 14 de noviembre. En ella se especifica que el propietario o titular del parking público tiene la obligación de "restituir al portador del justificante, en el estado en el que le fue entregado, el vehículo y los componentes y accesorios que se hallen incorporados funcionalmente -de manera fija e inseparable- a aquel y sean habituales y ordinarios, por su naturaleza o valor en el tipo de vehículo de que se trate".
No obstante, en la Ley se aclara específicamente que aquellos accesorios no fijos, que puedan ser extraíbles, como la radio o dejarte el teléfono móvil sobre el asiento, si no quieres que sean vistos debes retirarlos tú mismo, es tu responsabilidad. Esto se debe a que si se produce un robo de algunos bienes que tengas en el interior del vehículo esto ya no alcanza "al titular del aparcamiento la responsabilidad sobre la restitución".
Por tanto, al parking público se le puede reclamar los daños que ha sufrido tu vehículo debido a, por ejemplo, una posible inundación, la caída de un objeto sobre el coche o cualquier otro daño sufrido. En caso de que otro conductor le haya dado un golpe a tu coche se puede pedir la grabación de las cámaras de seguridad a los responsables del aparcamiento. A su vez, el robo del vehículo también podrá ser reclamado si nos llevamos esa amarga sorpresa al ir a buscarlo.
Sin embargo, para poder reclamar es necesario dar ciertos pasos y disponer de algunos documentos, el principal el ticket con el que se demuestre que estuviste en las instalaciones y que marque la fecha y la hora. Además, se recomienda rellenar la hoja de reclamaciones del aparcamiento, que debe contar con su propia póliza de seguro, y tomar fotografías a los daños que se hayan ocasionado.
En todo caso, si los responsables del parking se niegan en algún momento a presentar las imágenes de las cámaras de seguridad o a abonar la reparación o hacerse cargo de la misma se puede reclamar por la vía judicial.