En junio de 2022 entró en vigor una reforma de planes de pensiones que tiene por objetivo fomentar el llamado segundo pilar de ahorro, es decir, el que se vehicula a través de los planes de pensiones de empleo. Estos instrumentos de ahorro complementario para la jubilación que promueven las empresas en beneficio de sus trabajadores permiten tanto al empresario como trabajador realizar aportaciones con el objetivo de proporcionar un complemento a la pensión pública en el momento de la jubilación. Igual que ocurre con los planes de pensiones individuales, estos planes pueden cubrir también situaciones de invalidez, dependencia grave o fallecimiento, además de supuestos excepcionales como puede ser, entre otros, el desempleo
En primer lugar, si ya tienes un plan de pensiones a través de tu empresa, esto te interesa. Aunque las aportaciones a planes de pensiones individuales están limitadas a 1.500 euros al año, la norma se establece que el límite puede ampliarse en 8.500 euros siempre y cuando las aportaciones se hagan en un plan de empleo. Es decir, el trabajador puede aportar 1.500 euros a su plan de pensiones individual y hasta un máximo de 4.250 euros al plan de empleo siempre que la empresa aporte otros 4.250 euros al mismo plan en su beneficio.
Hasta ahora estos planes han contado con pocos promotores y pocos partícipes y, de forma mayoritaria, eran los empleados de las grandes empresas quienes contaban con este beneficio, es decir, menos del 10% de los trabajadores de nuestro país.
Con el cambio legal, el Estado prevé crear los llamados fondos de pensiones de empleo de promoción pública a los que podrán adscribirse los planes de empleo de todo tipo, tanto si ya existen como si se crean a la luz de esta nueva norma que también ha simplificado los trámites para poner en marcha nuevos planes sectoriales. Patronal y sindicatos deberán promover en la negociación colectiva la creación de un plan de empleo. Sobre este acuerdo, el Estado diseñará el plan y las empresas podrán adscribirse y los trabajadores con ellas.
La gran novedad son los autónomos. Para ellos se crean los planes de pensiones de empleo simplificados promovidos por asociaciones de trabajadores autónomos. Estos planes pueden adscribirse a un fondo de promoción pública abierto o a uno privado.
Pocas semanas después de la aprobación de la norma en junio de 2022, se creó el primer plan de empleo simplificado para autónomos, impulsado por la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) y gestionado por VidaCaixa.
Si eres empresario, puedes deducir el 10% de las contribuciones en favor de los trabajadores con rentas brutas anuales de hasta 27.000 euros, en la cuota íntegra del impuesto de sociedades. Además, las contribuciones empresariales al plan de pensiones no cotizarán a la Seguridad Social, con un límite de 1.294 euros al mes por trabajador (con 1.546 euros al año), lo que supone un ahorro de casi 470 euros por trabajador.
Como en los planes de pensiones individuales, los planes de empresa se pueden rescatar en el momento en que te jubilas o cuando se produce cualquiera de los otros supuestos contemplados en el reglamento.
Puedes elegir cómo recibir las prestaciones, en un único pago, en forma de capital; en forma de renta asegurada o financiera; o con una fórmula mixta donde se recibe una parte en capital y la otra en forma de renta.