¿Cuándo prescribe una deuda en España?

La prescripción de una deuda en España es un tema complicado y repleto de matices, ya que depende totalmente del tipo de obligación y de las circunstancias específicas de cada caso. En términos generales, la prescripción implica la extinción del derecho a reclamar el pago de una deuda una vez transcurrido un determinado plazo legal sin que se haya realizado dicha reclamación.

Los plazos de prescripción para cada tipo de deuda

La práctica totalidad de deudas prescriben transcurrido un plazo lógico de ‘silencio administrativo’. Sin embargo, la legislación española diferencia los distintos tipos de deuda en función de su origen, y por eso cada tipo de pasivo que tengamos pendiente de cubrir responde a unos plazos diferentes. Estos son los principales tiempos de espera antes de la prescripción de deuda en España:

  • Deudas hipotecarias: Las deudas hipotecarias tienen el plazo de prescripción más largo. Según el artículo 1964.1 del Código Civil, estas deudas prescriben a los 20 años desde que la acción puede ser ejercida.
  • Deudas personales y comerciales: Para las deudas personales que no tienen un plazo específico, el artículo 1964.2 del Código Civil establece un plazo de prescripción de 5 años desde que se puede exigir el cumplimiento de la obligación. Esto incluye, por ejemplo, las deudas derivadas de contratos de compraventa y arrendamientos de fincas rústicas y urbanas.
  • Deudas tributarias: Las deudas con la Hacienda Pública prescriben a los 4 años, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley General Tributaria. Este plazo comienza a contar desde el día siguiente a aquel en que finaliza el periodo voluntario de pago. Sin embargo, este plazo puede ser interrumpido por diversas acciones de la Administración tributaria, como la reclamación formal de la deuda o cualquier acción administrativa conducente a la regularización de la misma.
  • Deudas con la Seguridad Social: De manera similar a las deudas tributarias, las deudas con la Seguridad Social también prescriben a los 4 años, de acuerdo con el artículo 24 de la Ley General de la Seguridad Social.
  • Deudas por rentas de alquiler: Las deudas por rentas de alquiler prescriben a los 5 años. Este plazo se aplica a las deudas de alquiler de viviendas y de locales comerciales, y está regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos. Los propietarios tienen este período para reclamar las rentas impagadas antes de que prescriban.
  • Deudas por tarjetas de crédito y préstamos no hipotecarios: Las deudas derivadas de tarjetas de crédito y préstamos no hipotecarios tienen un plazo de prescripción de 5 años. Esto se debe a que se consideran deudas personales no aseguradas, reguladas bajo el mismo artículo 1964 del Código Civil.
  • Deudas por responsabilidad extracontractual: Las acciones para reclamar deudas derivadas de responsabilidad extracontractual, como daños y perjuicios, prescriben en el plazo de 1 año desde que el agraviado tiene conocimiento del daño y de la persona responsable.
  • Deudas por servicios profesionales: Las deudas por servicios profesionales, como las de abogados, notarios, farmacéuticos, profesores y maestros, prescriben a los 3 años. Este plazo se cuenta desde el momento en que se dejaron de prestar los servicios.
  • Deudas con las comunidades de propietarios: Las deudas por impago de las cuotas de la comunidad de propietarios también prescriben a los 5 años. Esto incluye tanto las cuotas ordinarias como las extraordinarias, o las derramas. Los administradores de fincas y presidentes de comunidades deben estar atentos a este plazo para gestionar adecuadamente los impagos.

Interrupción de los plazos de prescripción de deuda

Es importante destacar que la prescripción de una deuda puede ser interrumpida. La interrupción puede ocurrir mediante una reclamación judicial, una reclamación extrajudicial o cualquier acción del acreedor que implique el reconocimiento de la deuda por parte del deudor. Una vez interrumpida, el plazo de prescripción comienza de nuevo desde cero.

La prescripción de deudas es un mecanismo legal que protege tanto a los deudores como a los acreedores, asegurando que las reclamaciones se hagan dentro de un tiempo razonable. Sin embargo, debido a la posibilidad de interrupción y a la variedad de plazos existente es en función del tipo de deuda, es muy importante estar bien informado y, en caso necesario, buscar asesoramiento legal para gestionar adecuadamente cualquier situación relacionada con deudas y su prescripción.