¿Qué personas sí están obligadas a declarar sus ingresos por Bizum en la Renta?

  • A la hora de realizar la Declaración de la Renta, los trabajadores deben incluir en él todas las rentas que hayan percibido durante el anterior año fiscal, desde los rendimientos de trabajo hasta las ganancias y pérdidas patrimoniales

  • Las personas que utilicen Bizum para recibir ingresos de manera habitual deberán incluir estas ganancias en su Declaración

  • ¿Cuál es el límite máximo de dinero que puedo enviar por Bizum?

La Campaña de la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2022 ya está aquí. Desde el 11 de abril hasta el próximo 30 de junio, todos los trabajadores que a lo largo del año pasado hayan percibido más de 22.000 euros, o 14.000 en el caso de que contasen con más de un pagador y uno de ellos les haya pagado más de 1.500 euros, deberán presentar su Declaración de la Renta para regular su situación fiscal con la Agencia Tributaria.

Este trámite, de obligatorio cumplimiento para todos los trabajadores que cumplan con los mínimos de cotización, sirve para calcular la liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), un impuesto directo y de carácter progresivo que grava los ingresos obtenidos en un año independientemente de su procedencia. 

A la hora de realizarlo, los empleados deben incluir en él todas las rentas que hayan percibido durante el anterior año fiscal. Esto incluye sus rendimientos de trabajo, el capital mobiliario e inmobiliario, los rendimientos derivados del ejercicio de actividades económicas, las ganancias y pérdidas patrimoniales y las  de renta establecidas por la ley.

En función de los ingresos, las deducciones y las retenciones que el trabajador haya aplicado a su salario a lo largo del ejercicio de 2022, la Declaración de la Renta puede tener dos resultados: positivo, en cuyo caso el trabajador deberá pagar el importe resultante a la Agencia Tributaria, o negativo, en cuyo caso será Hacienda quién le pague la cuantía al trabajador. 

Los ingresos de Bizum

A la hora de preparar este documento, es habitual que surjan dudas, sobre todo si se realiza por primera vez. Una de las cuestiones más repetidas es si en la Declaración de la Renta deben incluirse todos los ingresos que se hayan percibido por Bizum, ya que el servicio, al estar respaldada por el sistema financiero español, está sujeta al control fiscal de la Agencia Tributaria. 

Por norma general, los usuarios que utilizan este servicio de forma esporádica no tienen que incluir las cantidades percibidas en la Declaración. Sin embargo, aquellos que utilizan este servicio como una herramienta para recibir ingresos sí deben incluirlos, independientemente de la cuantía percibida. Por ejemplo, si un trabajador autónomo recibe el cobro de su trabajo a través de este servicio, sí deberá incluirlos, al igual que los propietarios de los pisos de alquiler que perciban las mensualidades a través de Bizum. 

Además, cuando el importe de las transacciones que se realicen por Bizum superen el límite de 10.000 euros también deberán incluirse en la Declaración de la Renta, ya que, a partir de esta cantidad, el banco está obligado a informar a la Agencia Tributaria de la transferencia. Este límite de 10.000 euros no es exclusivo a los pagos por Bizum, sino que también se aplica en el dinero obtenido por otras vías, como un cheque o una transferencia. Además, si la Agencia Tributaria sospecha de que se está cometiendo un fraude, puede darse el caso de que pidan al banco un registro de los movimientos del usuario.