Alquilar un coche es una opción relativamente barata para desplazarse en nuestro lugar de vacaciones o temporalmente disponer de un vehículo a nuestra disposición cuando lo necesitamos. Las empresas de alquiler de vehículos disponen de páginas web muy poco transparentes donde hacer reservas online que se materializan en un punto de venta físico en lugares concurridos como aeropuertos, estaciones de tren, centros turísticos, etc.
Sin embargo, son muchas las sorpresas que nos llevamos los consumidores cuando vamos a concretar la reserva en forma de pagos suplementarios, que no nos queda más remedio que aceptar, si queremos tener el coche de alquiler, y también cláusulas abusivas a juicio de las autoridades de consumo.
Estas son las cuatro cláusulas abusivas más típicas de sus contratos, según un informe del Centro Europeo del Consumidor de España, tras recibir un elevado número de reclamaciones contra compañías españolas de alquiler de vehículos:
La cláusula abusiva más común es la de tener que adelantar el pago del depósito de combustible lleno, aunque en las páginas web nunca se dice nada al respecto ni se publicita en el precio final que el usuario ve online.
Además, algunas compañías incluyen dentro del pago adelantado del combustible una comisión por gestión que no se anuncia en el momento de la reserva.
En la práctica si el consumidor entrega el coche con el depósito lleno la compañía no le devuelve el importe del combustible no consumido, alegando que es su responsabilidad leer los términos y condiciones, y, en consecuencia, saber que debe devolverlo vacío.
El precio final ofrecido en la página web de las empresas de alquiler de coche no se ajusta al precio real del servicio si se devuelve el coche en otra sucursal distinta de la de recogida o fuera del horario de oficina. En estos dos casos muchas compañías omiten incluir el cargo extra, dando lugar a una posible práctica comercial desleal engañosa.
Hay situaciones de indefensión de los consumidores tras la devolución del vehículo cuando la agencia hace cargos en la tarjeta de crédito del consumidor si a su juicio se entrega el vehículo sucio o por daños menores.
Este cargo está previsto por la letra pequeña de las condiciones generales, pero no se detalla visiblemente a los usuarios en la página web de la agencia.
Mediante estas cláusulas la compañía de alquiler puede hacer una revisión sin la presencia del consumidor, el cual queda obligado, en el caso de que aquélla identifique un daño menor o constate la entrega del vehículo en no buen estado de limpieza, a asumirlo sin haber tenido conocimiento expreso ni disponer de copia del contrato en el que se recoja aquello expresamente.
En los contratos de las empresas de alquiler de coches también hay cláusulas que limitan las condiciones de pago al aceptar solamente tarjetas de crédito, no admitiendo y rechazando las tarjetas de débito y el pago en efectivo.
Si vas a alquilar un coche sigue estos consejos para no verte sorprendido a la vuelta de tus vacaciones con cargos efectuados en tu tarjeta de crédito por daños causados en el vehículo alquilado que no son tuyos, así como por cargos en concepto de gastos de gestión por la identificación del conductor que la empresa de debe realizar cuando se comete una infracción.