La maleta de mano es la opción preferida de millones de personas que viajan cada año. Su uso tiene varias ventajas, como la rapidez para salir del aeropuerto o la gratuidad de su uso.
Aunque llevar maleta de mano ha sido gratis desde siempre, hay algunas compañías aéreas que han intentado jugar con los límites de la ley. Algunas aerolíneas se aprovechan y deciden cobrar un extra por el equipaje de mano, cuando el precio del ticket incluye un bulto de hasta 10 kilos. Esta práctica ya ha sido denunciada con anterioridad por las autoridades competentes, pero todavía se produce en algunos casos.
Por ello, el usuario debe saber que puede reclamar en caso de que esto ocurra. De hecho, la justicia ha llegado a confirmar que se trata de "mala praxis" y que es una práctica "abusiva" por parte de algunas aerolíneas.
Como equipaje de mano, se considera, además de las pequeñas carteras o bolsos de los usuarios, también aquellas maletas de pequeñas dimensiones que no se facturan y se llevan en los compartimentos superiores de la cabina del avión. La Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) propuso en 2015 unas medidas óptimas de 55 x 35 x 20 cm, y, aunque suelen ser las más habituales, no son obligatorias, por lo que cada compañía puede establecer sus propios límites.
El artículo noventa y siete de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, va en la misma línea. Por una parte, indica que “El transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos”, pero la vez dice que “únicamente podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos en atención a razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave.”
Los usuarios amparados por la Ley de Navegación Aérea, pueden reclamar si les cobran un suplemento cuando el precio del billete incluye un equipaje de mano de hasta 10 kilos, así como los objetos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos.
Si eres uno de los pasajeros a los que se les ha cobrado un suplemento por la maleta de mano, tienes varias opciones para reclamar:
Lo más conveniente es que empieces con la primera y, si no diera resultado, pases a la siguiente. En caso de que esta tampoco surgiera efecto, sólo te quedará acudir a los juzgados. Lo más probable es que la compañía aérea no atienda a tus intentos de recuperar tu dinero de una forma amistosa, así que sólo te quedará la vía judicial.
Llegados a ese punto, te plantearás si merece la pena meterse en un proceso judicial, con los gastos que esto suele acarrear, para conseguir que te devuelvan tan sólo 30€ o 50€. Al tratarse de una reclamación de menos de 2.000€, no necesitas contratar abogado ni procurador, por lo que sería totalmente GRATIS. Eso sí, deberías encargarte tú mismo de redactar la demanda y presentarla ante los Juzgados de lo Mercantil de tu domicilio.
Otra ventaja es que, salvo que la compañía aérea ponga en cuestión alguno de los hechos (por ejemplo, si niegan que volasteis ese día con ellos o que os cobraron un suplemento), lo normal es que no sea necesaria la celebración de un juicio. Por tanto, sólo tendríais que presentar vuestra demanda y esperar a que el juzgado resuelva.