Revisar la caldera periódicamente es imprescindible para verificar su buen funcionamiento, ahorrar costes y evitar accidentes como el que se produjo el pasado mes de enero en el centro de Madrid, en el que cuatro personas fallecieron y varias terminaron heridas después de que un edificio de cuatro plantas se viniese abajo.
Según la normativa, este procedimiento debe realizarse de manera obligatoria cada dos años, salvo en el País Vasco, que establece una periodicidad anual, siempre y cuando nuestra caldera sea de gas y su potencia sea igual o inferior a 70kW. En caso contrario, es decir, cuando nuestra caldera supere los 70kW o funcione con gasóleo o electricidad, estas revisiones deberán realizarse cada año, mientras que si tenemos una caldera térmica con una potencia de más de 70kW debemos revisarlas de manera mensual. Además, la instalación completa de gas debe pasar obligatoriamente una revisión cada cinco años (cuatro, en el caso del País Vasco), tal y como señalan desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
Estas revisiones, que debe realizar siempre un técnico cualificado, son importantes porque nos permiten comprobar el estado de las calderas, termos y calentadores, dando pie a que realicemos los cambios y reparaciones correspondientes para asegurar nuestra seguridad y comodidad (porque, seamos sinceros, pocas cosas hay peores que despertarte de buena mañana y comprobar que el agua caliente ha pasado a mejor vida).
Sin embargo, este procedimiento también es la causa de algunos de los conflictos más comunes entre inquilinos y caseros. Y es que, a pesar de que su obligatoriedad está clara, existen muchas dudas acerca de quién debe hacerse cargo de los costes, e incluso hay sentencias judiciales que se contradicen, poniendo la responsabilidad en una u otra de las partes.
Según recoge el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, el arrendador de una propiedad está obligado a realizar, sin elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, excepto cuando el deterioro sea imputable al arrendatario.
Dado que la caldera está considerada como un bien necesario para mantener la habitabilidad de la vivienda, el propietario deberá ser quien se encargue de pagar la revisión y todas aquellas reparaciones que se produzcan por el desgaste por uso. Además, será quién se encargue de abonar los gastos de la inspección de gas.
No obstante, cuando hablamos de una avería, la cosa se complica. En estos casos, debemos averiguar cuál ha sido el origen del fallo y, a partir de ahí, decidir si debe hacerse cargo el casero o el inquilino. Para ello, debemos contratar a un técnico que analice la instalación y pueda realizar un informe que recoja las causas y el precio de la reparación o sustitución.
En caso de que estos daños se hayan producido por la antigüedad del aparato o por un fallo en su instalación, el propietario será quien tendrá que abonar los costes. No obstante, si los daños han aparecido por un mal uso del aparato, será el inquilino quien deba encargarse de la reparación.
A pesar de que la revisión de caldera no tiene un precio fijo, se estima que, de media, cuesta en torno a los 100 euros, mientras que las reparaciones pueden ascender hasta los 300. Estos procedimientos debe hacerlos un técnico especializado, que puede pertenecer a la empresa fabricante de la caldera, a la compañía de gas a la que estemos abonados o ser independiente.
Los servicios de estos especialistas debe contratarlos el propietario, por lo que es imprescindible que los inquilinos avisen de todos los daños o desperfectos que detecten en la vivienda. De lo contrario, podrían acabar asumiendo gastos innecesarios.