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Cómo pueden las empleadas del hogar sumar años de cotización para la pensión de jubilación

La jubilación de las empleadas de hogar en España ha sido un tema muy complejo que recientemente ha marcado un cambio significativo. Este colectivo, esencial para la vida diaria de muchas familias, ahora se ve beneficiado por medidas que buscan equiparar sus derechos y prestaciones al resto de los trabajadores. Desde el 1 de enero de 2024, las empleadas del hogar dadas de alta en la Seguridad Social cuentan con una integración más completa de sus periodos de cotización, eliminando así las lagunas que podrían afectar negativamente a sus pensiones futuras.

La jubilación de las empleadas de hogar en España está sujeta a ciertos requisitos y condiciones, y uno de los aspectos clave es el tiempo de cotización necesario para acceder a la pensión de jubilación. Deben tener cubierto un período mínimo de cotización de 15 años, de los cuales, al menos 2, deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de solicitar la pensión de jubilación (hecho específico). Estos requisitos se encuentran regulados en el artículo 205 de la Ley General de la Seguridad Social bajo el Real Decreto Ley 8/2015.

La pensión de jubilación para las empleadas del hogar se calcula igual que para otros trabajadores, es decir, se tendrá en cuenta la base reguladora y sobre esta aplicar el porcentaje que correspondes según los años cotizados. Para tener derecho al 100% de la pensión de jubilación será necesario tener 36 años y 6 meses cotizados. Este cambia en 2027, siendo necesarios 37 años cotizados para tener derecho a ese 100%.

Lagunas de cotización y cotizaciones ficticias

Entre las novedades más destacadas desde el 1 de enero de este año están las lagunas de cotización y las cotizaciones ficticias que ayudan a alcanzar el mínimo de tiempo cotizado para que puedan acceder a la pensión de jubilación. Las lagunas de cotización son los periodos en los que el trabajador tiene momentos con vacíos de cotización o con cotizaciones inferiores a las bases mínimas, pero influyen para calcular su pensión futura. Con el objetivo de que estos plazos no afecten a la cuantía, la Seguridad Social permite su integración para mitigar sus efectos negativos, permitiendo que dichos periodos se complementen con la base mínima de cotización. En estos casos, la empleada del hogar podrá integrar esas lagunas dentro de sus cotizaciones, facilitando así su derecho a pedir la pensión contributiva de jubilación.

Las reglas para incorporar estas cotizaciones son las siguientes:

  • Los primeros 60 meses sin cotización se integran con la de la base mínima vigente.
  • Entre el mes 61 y 84 con el 80% de la base mínima vigente.
  • El resto de las mensualidades se integran con el 50% de esa base mínima. 

Las cotizaciones ficticias son aquellos períodos de inactividad laboral, pero que la Seguridad Social reconoce para la pensión de jubilación. Algunos de estos períodos ficticios pueden ser:

  • Dar a luz, que por cada parto sumará 112 días de cotización. Si este es múltiple, será 126 días.
  • El cuidado de los hijos cotizará hasta un máximo de 270 días.
  • El servicio militar, que puede añadir hasta un año de cotizaciones a la pensión.