¿Por qué el IRPF es distinto en función de la comunidad autónoma?

  • El IRPF es un impuesto que se encuentra parcialmente cedido a las autonomías, por lo que cuenta con dos tramos

  • Cada Comunidad Autónoma tiene derecho a añadir o quitar los tramos del IRPF que considere oportunos, dentro de su marco de actuación

  • En 2022, tres Comunidades Autónomas han decidido introducir cambios en este impuesto: Murcia, Andalucía y la Comunidad Valenciana

El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es un impuesto directo, personal y de tipo progresivo que grava la renta que han obtenido los trabajadores a lo largo de un año y que aumenta según los ingresos que se hayan obtenido. Es decir: cuánto más se gana, más se paga, y viceversa.

Hasta el 2021, los tramos en los que se dividía el IRPF eran cinco. Sin embargo, en este nuevo ejercicio el Gobierno ha introducido un nuevo tramo que engloba a los trabajadores con las rentas más altas. En concreto, esta nueva categoría afecta a los contribuyentes que ganan más de 300.000 euros anuales (en torno a 36.000 contribuyentes empleados, un 0,17% del total) y establece una subida de dos puntos porcentuales con respecto al tramo anterior, hasta el 47%.

Además, en las rentas de capital y ahorro, también se ha establecido una subida de tres puntos porcentuales para aquellas que superen los 200.000 euros, a las que se les aplicará un tipo impositivo del 26%.

Con esta medida, con la que el Gobierno espera aumentar la recaudación del impuesto en un 6,7%, los tramos de cotización del IRPF quedan estructurados de la siguiente forma:

  • Primer tramo hasta 12.450 euros: 19% de tipo impositivo.
  • Segundo tramo de 12.450 hasta 20.200 euros: 24% de tipo impositivo.
  • Tercer tramo de 20.200 hasta 35.200 euros: 30% de tipo impositivo.
  • Cuarto tramo de 35.200 hasta 60.000 euros: 37% de tipo impositivo.
  • Quinto tramo de 60.000 hasta 300.000 euros: 45% de tipo impositivo.
  • Sexto tramo para las rentas superiores a 300.000 euros: 47% de tipo impositivo.

Estos tramos son estatales, por lo que se aplican a lo largo de todo el territorio español. Es decir: tendrán que asumirlo todos los contribuyentes de España. Sin embargo, a la hora de abonar este impuesto, los trabajadores también deben hacer frente a una serie de tramos autonómicos que pueden cambiar, y mucho, el importe de IRPF que se debe abonar.

¿Por qué el IRPF es distinto en función de la Comunidad Autónoma?

El IRPF es un impuesto estatal que se encuentra, sin embargo, parcialmente cedido a las autonomías, por lo que cuenta con dos tramos: uno estatal, que es el que hemos visto, y uno autonómico, que lo fijará cada Comunidad Autónoma en función de sus propias reglas, deducciones y tipos impositivos.

Los tramos estatales y autonómicos pueden coincidir o no, ya que cada Comunidad Autónoma tiene derecho a añadir o quitar los tramos del IRPF que considere oportunos. Es decir: puede haber comunidades que cuenten con cinco tramos impositivos, como es el caso de Madrid, y comunidades que cuenten con ocho tramos impositivos, como es el caso de Andalucía. Como consecuencia, el importe que deberá pagar un contribuyente podrá ser mayor o menor dependiendo de la región del país en la que se encuentre.

En este 2022, además de los cambios a nivel estatal que hemos visto, hay tres Comunidades que han introducido cambios en sus tramos impositivos: Murcia, que ha rebajado los tipos aplicables de todos sus tramos; Andalucía, que los ha reducido para los tramos de más de 280.000 euros; y la Comunidad Valenciana, que los ha aumentado para las rentas más altas. No obstante, de cara a 2023, está previsto que Madrid, Galicia y Cataluña introduzcan cambios, así como Andalucía y Murcia, que volverán a modificar sus tramos.

¿En qué Comunidad Autónoma se paga más IRPF?

El importe de IRPF que deberemos abonar dependerá, en cualquier caso, de las rentas que hayamos obtenido, por lo que no se puede hablar de una Comunidad en la que se pague más o menos.

Lo que sí se puede decir, no obstante, es que la Comunidad Valenciana es la que tiene el tipo impositivo más alto para las rentas acaudaladas, a las que les aplica un 29,5%, mientras que Madrid les aplica el más bajo, un 20,5%. En el caso de las rentas bajas, Madrid y Canarias son las que aplican el tipo impositivo más bajo, un 9%, mientras que Cataluña es la que aplica el tipo más alto, un 12%.