¿Puedes quedarte en propiedad el piso en el que llevas de alquiler más de 10 años?

El temor que tienen muchos propietarios que llevan años, incluso décadas, alquilándole la casa al mismo inquilino es que este pueda terminar quedándose con ella, amparado en algún derecho que pueda derivar en su posesión. Es cierto que cuando se alquila una vivienda para una larga temporada, el inquilino puede llegar a parecer más dueño de ella que el auténtico propietario, pero ¿verdaderamente puede llegar a adquirir su titularidad si lleva mucho tiempo viviendo en ella?

La respuesta rápida es que, por regla general, no. Sí existe la creencia de que pasados diez años podrá hacerse con la titularidad del inmueble, por lo que en derecho se conoce como prescripción adquisitiva, algo que viene recogido en el Código Civil. Según el Diccionario panhispánico del español jurídico, esto se define como el “modo de adquirir la propiedad u otros derechos que tiene lugar mediante el transcurso de cierto tiempo y la concurrencia de una apariencia jurídica que determina el nacimiento o la consolidación de un derecho en favor de un sujeto”.

La importancia del contrato de arrendamiento

Esto puede dar a entender que es una situación parecida a la que se da cuando un inquilino lleva muchos años viviendo en el mismo inmueble, pero hay matices que que impiden que este derecho no se consolide en los casos de alquiler. El principal es la existencia de una contrato de arrendamiento. En dicho documento el inquilino está reconociendo que el propietario del inmueble es el arrendador, y que este le cede el disfrute del mismo a cambio de una renta.

Básicamente esto significa que el inquilino no estaría actuando como propietario de la vivienda, por más años que lleve viviendo en ella. Esa es la razón por la que el casero sigue teniendo obligaciones respecto al inmueble. Es él quien tendrá que hacerse cargo de las reformas más importantes que tengan que ver con la estructura del edificio, según reza la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)

También es el propietario quien debe hacerse cargo de los costes de la comunidad, pagar los impuestos y tasas aplicables a la propiedad de la vivienda, así como disponer de un certificado de eficiencia energética de la misma.

¿Qué pasa si no hay contrato?

Ahora bien, en el caso de que no haya un contrato firmado entre las partes y el casero no se esté haciendo cargo de sus obligaciones respecto al inmueble, el inquilino estaría actuando como tenedor y propietario de la misma. Si esta situación se extendiera en el tiempo durante diez años, sí que sería posible obtener el derecho de propiedad al ejercer la ya mentada prescripción adquisitiva o usucapión. Eso sí, deberá ser un Juzgado el que dicte la sentencia, según aclaran los expertos de Legálitas.

El inquilino deberá demostrar que cumple con todos los requisitos establecidos para poder tener la propiedad de la vivienda, mientras que el casero deberá mostrar los hechos que impidan que se ejerza dicho derecho.