En el coche, al super o seguros: las cosas que cambian si tienes un perro con la Ley de Bienestar Animal

  • La Ley de Protección Animal ya está en vigor y, si tienes perro, hay algunas cosas que no debes pasar por alto

  • Habrá que tener un seguro y hacer un curso obligatorio, pero también estar atento a cómo lo tienes en casa o cómo lo sacas a la calle

  • La multa por dejar a tu perro atado frente al supermercado

Ya ha entrado en vigor la Ley de Protección Animal que afectará a millones de españoles que tienen animales en sus casas. Específicamente los que más tienen que estar atentos a los cambios que introduce la ley son, sin duda, los dueños de perros, unas 8’5 millones de personas en nuestro país. Mucho se ha hablado sobre esta norma, pero ¿cuáles son las cosas a las que se tiene que estar específicamente atento a partir de ahora para no llevarse una multa?

El seguro obligatorio

El seguro se trata de uno de los puntos más polémicos. Sí, todos los dueños de perros deben tener un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños que el animal pueda causar a un tercero o a él mismo. Puede que incluso ya lo tengas, pues algunos seguros del hogar lo incluyen, pero debes asegurarte de ello. En todo caso, el seguro para tu perro suele ser asequible.

No obstante, hasta que no se apruebe el reglamento por parte del Gobierno no será obligatorio. Eso sí, cuando lo sea, no tener el seguro para tu perro puede suponer una multa de 500 a 10.000 euros.

¿Tienes que hacer un curso?

Respecto al famoso curso obligatorio, todo dueño de un can tendrá que hacerlo. Este curso será gratuito y podrá hacerse online, aunque también presencialmente, en un plazo de dos años. Una vez pasado el tiempo desde su entrada en vigor, quien no lo haya completado también tendrá una multa de entre 500 y 10.000 euros.

¿Cuánto puede quedarse solo un perro?

La norma también hace hincapié cuántos días se puede dejar solo a un animal en casa, sin supervisión alguna, por lo que, si alguien acude para alimentar o sacar al animal mientras el dueño está de viaje, no hay problema. A este respecto, los perros solo podrán quedarse un día solos, mientras que los gatos tres días.

Otro aspecto que trata la Ley es que sí, se podrán tener camadas en casa, pero los dueños tendrán que darse de alta en el Registro de Criadores para poder controlar el número de animales que existen.

No lo dejes en la puerta del supermercado

La Ley incluye otros aspectos que algunos tienen interiorizados pero que quedarán prohibidos, como dejar al perro atado en la puerta del supermercado mientras haces la compra. En este caso se considera que el animal queda sin supervisión, lo que conllevaría una sanción de entre 500 y 10.000 euros. Tampoco permite que los animales permanezcan viviendo en terrazas, sótanos o azoteas ni estar continuamente encadenados.

¿Y en el coche?

Algo similar ocurre con dejarlos encerrados en los coches ante el peligro que supone para ellos las altas temperaturas del exterior. Y hablando de coches, la norma exige que se garantice su seguridad, por lo que el interior debe estar bien aireado cuando viajamos con ellos. En estos casos el conductor debe vigilar que el animal que se transporta vaya correctamente colocado “para que no haya interferencia entre el conductor y cualquier de ellos”.

Para hacer que nuestro animal vaya seguro lo ideal es que van en transportines o sujetos con arneses, pero nunca sueltos o sujetos al collar, ya que corren riesgo de ahogarse.