Un divorcio nunca es un proceso fácil para ninguna de las partes implicadas. El proceso de separación de una pareja puede llegar a ser muy complejo, doloroso y costoso. Su resultado en un juicio depende de muchos supuestos y casuísticas distintas.
Ninguna relación es igual a otra, como tampoco lo es el motivo para formalizar una separación, el proceso emocional de cada miembro de la pareja y los argumentos legales que cada una de las partes implicadas esgrimen: una infidelidad, diferencias irreconciliables, el reparto de cierta cantidad económica, la patria potestad o la manutención de los hijos.
Con la entrada de las comunicaciones digitales, redes sociales y aplicaciones de mensajería también ha cambiado el tipo de pruebas que se admiten en los juicios por divorcio y las separaciones. ¿Sirven los WhatsApps enviados o recibidos en un proceso de divorcio?
La validez de este tipo de prueba digital en los tribunales ha ido evolucionando en los últimos años. En muchos casos, los mensajes de WhatsApp y otros tipos de comunicaciones electrónicas se consideran pruebas admisibles en juicios, siempre que se cumplan ciertos requisitos. Uno de los más importantes es la autenticidad.
Los abogados deben demostrar que el mensaje fue enviado por la persona que se afirma que lo envió y que no ha sido alterado de ninguna manera. Esto suele hacer necesario presentar capturas de pantalla, registros de actividad del teléfono y testimonios de testigos. La eficacia probatoria conlleva la consideración de un WhatsApp como prueba documental auténtica o ‘prueba digital’.
Por ejemplo, un WhatsApp se admitiría como evidencia si la parte contraria en el juicio no la impugnase y reconociera haber escrito esos mensajes. También si se comprueba que ambos teléfonos contienen el mensaje en cuestión, o se aportase una prueba pericial que diera fe tanto de la autenticidad de la comunicación como del envío del mensaje por parte de remitente y su recepción.
Sin embargo, los expertos matizan una cuestión fundamental: el WhatsApp se tiene que utilizar para demostrar un hecho punible, y la infidelidad no es un delito, por lo que utilizarlo como prueba en este caso en particular difícilmente tendrá una respuesta positiva en un juicio. Distinto sería si los mensajes prueban ante el tribunal que la pareja abandonó sus obligaciones matrimoniales o parentales, pues esa carga probatoria afectaría probablemente al resultado de la sentencia en el proceso de divorcio.
Según explica el despacho Vilella y Asociados en un artículo de su página web, la autenticidad de los mensajes certificada por un notario nos serviría “si queremos dar fe de incumplimientos de entregas de menores, impagos de pensiones o acuerdos alcanzados por esta vía.
Por su parte, como explican desde INEAF, solo los Whatsapp obtenidos de forma lícita podrían aportarse como prueba, esto es: no pueden vulnerar ningún derecho fundamental (privacidad, derecho a la intimidad, protección de datos o secreto de las telecomunicaciones). El contenido de los mensajes se tiene que presentar de manera clara, legible e íntegra, y no pueden haber sido manipulados total o parcialmente.
En su artículo 152, la LEC establece: “Corresponde al actor y al demandado reconviniente la carga de probar la certeza de los hechos de los que ordinariamente se desprenda, según las normas jurídicas a ellos aplicables, el efecto jurídico correspondiente a las pretensiones de la demanda y de la reconvención”.
Asimismo, ya existe jurisprudencia al respecto, una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 2016 en las que, en combinación con otras pruebas que acreditaban los hechos, se otorgó validez a distintos whatsapps.