Un día recibes una llamada de tu hermano. Malas noticias: le han dado un diagnóstico médico nada halagüeño y busca un riñón para sobrevivir. Tú eres la única persona compatible con él. Por suerte, nuestro país es el más avanzado en trasplantes de órganos. No solo te puede suceder con ese órgano, sino también con el pulmón, una parte del hígado (que se regenera) o diferentes tejidos. Te contamos las claves a tener en cuenta si te vas a convertir en donante de órganos en vida.
En España, una vez más, hemos sido líderes en donaciones y trasplantes durante 2018, sobre todo de riñones, el órgano más común en este tipo de operaciones. Según los datos publicados por la Organización Nacional de Trasplantes (ONT), en 2018 se produjeron 293 trasplantes renales, con una media de edad de los donantes de 53,8 años y de los receptores de 46.
En total, el número de donaciones en vida ascendió hasta las 349 y aunque es el Real Decreto 1723/2012 el que regula todo este proceso, lo hemos filtrado con expertos para resumirte las claves más importantes.
Si queremos donar un órgano en vida, el donante debe ser mayor de edad, gozar de plenas facultades mentales y de un estado de salud adecuado. Además, el donante habrá de ser informado previamente de las consecuencias de su decisión, de los riesgos, para sí mismo o para el receptor, así como de las posibles contraindicaciones.
Estos casos se producen, sobre todo, cuando algún familiar o amigo cercano necesita un órgano. De hecho, en España se realiza cada día un trasplante de riñón de donante vivo, siendo la pareja la relación más frecuente, seguida de madres, hermanos y padres.
No, el proceso es algo más complejo. En primer lugar, debe tratarse de un órgano, o parte de él, cuya obtención sea compatible con la vida posterior del donante y cuya función pueda ser compensada por el organismo del donante de forma adecuada y suficientemente segura.
Además, por los posibles riesgos que entraña para el donante en vida, no se obtendrán ni se utilizarán órganos de donantes vivos si no se esperan suficientes posibilidades de éxito del trasplante.
Según la Agencia de Donación estatal de los Estados Unidos, los órganos que se pueden donar en vida son "uno de los riñones, uno de los dos lóbulos del hígado, un pulmón o parte de un pulmón, parte del páncreas o parte de los intestinos".
Además, también se pueden obtener tejidos, igualmente muy necesarios, como piel, células sanas de la médula ósea y de la sangre del cordón umbilical, y "sangre, incluidos los glóbulos blancos y glóbulos rojos, las plaquetas y el suero que transporta las células sanguíneas de todo el sistema circulatorio".
Para evitar problemas legales, el Real Decreto establece el procedimiento judicial que ha de llevarse a cabo antes de la operación de donación en vida.
En primer lugar, se ha de presentar un documento ante el Juzgado de Primera Instancia de la localidad donde se vaya a realizar la operación en la que se expliquen las "circunstancias personales y familiares del donante, el objeto de la donación, el centro sanitario en que ha de efectuarse la extracción, la identidad del médico responsable del trasplante y el certificado médico sobre la salud mental y física del donante, así como su consentimiento", se explica en el Real Decreto.
Tras ello, el juez expedirá un documento para la cesión del órgano, que deberá ser firmado por el donante, el médico que vaya a realizar la operación y el resto de testigos presentes en la operación.
Es en este punto en el que, al igual que en las bodas de las películas, alguna de las partes puede oponerse a que se lleve a cabo esa donación. En caso contrario, el procedimiento finalizará y, pasadas 24 horas, podrá llevarse a cabo la operación.
El mayor beneficio que vas a sacar de toda esta operación es sentirte una persona solidaria y que ha salvado la vida de otra persona. El Real Decreto deja claro que no se podrá percibir gratificación alguna por la donación de órganos humanos por el donante ni por cualquier otra persona física o jurídica. Tampoco otro tipo de beneficios. Por otro lado, y gracias al Sistema Público de Sanidad, tampoco se exigirá al receptor precio alguno por el órgano trasplantado.
Cualquier persona cuyo órgano donante sea compatible con el órgano trasplantado. La edad influye, pero no en todos los casos. Como explica la Agencia de Donación de EE.UU., "los donantes en vida deben gozar de buen estado físico y de buena salud, tener entre 18 y 60 años y no deben padecer (o haber padecido) diabetes, cáncer, presión arterial alta, enfermedad renal o cardíaca".
No. La Seguridad Social cubre todos los costes tanto para el donante como para el receptor, incluyendo las pruebas diagnósticas previas, el ingreso hospitalario, la cirugía y la recuperación posterior.